Diputado Manuel Fuertes: “Esta no es una ley perfecta, pero es la mejor ley que supimos conseguir”.

FuertesEn una extensa sesión legislativa para el tratamiento de la Ley Orgánica de Educación provincial el Diputado Manuel Fuertes -NCN- celebró el consenso que hubo durante el proceso de creación de esta ley, más allá de cualquier diferencia política.“Hay temas donde debe haber consenso y uno de ellos es el de Educación; y el camino para lograrlo es la participación madura”, opinó.

En su exposición el diputado se refirió quienes critican esta ley, a quienes aclaró que “esta no es una ley perfecta, pero es la mejor ley que supimos conseguir”.

En este sentido Fuertes señaló que como legisladores se autoimpusieron una mayoría agravada para poder aprobar esta Ley, tras un proceso abierto y participativo para todos.

Además destacó que en el año próximo se dará lugar a la elaboración de tres nuevas leyes, referidas en primer lugar a unObservatorio de Educación, que pondrá énfasis en la calidad educativa y por ende que resultará en una educación de calidad accesible para todos; además, una Ley de Financiamiento; y en tercer lugar, una Ley de Regulación de la Educación Pública de Gestión Privada.

En los fundamentos de su voto positivo, Fuertes resaltó algunos temas relevantes referidos a la Ley Orgánica de Educación que a continuación compartimos textualmente:

 

· EDUCACIÓN COMO POLÍTICA DE ESTADO

«Dejar expresa constancia de nuestro voto positivo a esta nueva Ley de Educación que fue trabajosamente consensuada. No solo lo hago en carácter de diputado, sino además de carácter de representante de un partido político como es Nuevo Compromiso Neuquino, que más allá de cualquier diferencia política con otras fuerzas, entiendo que hay determinados cuestiones sobre las cuales debe haber un consenso mínimo. Y este, es uno de ellos. Nuevo Compromiso Neuquino, expresa que la educación es uno de los puntos que debe ser una política de estado, entendida esta como aquellas que trascienden a un gobierno, o a un partido político».

· SOBRE LA RESPONSABILIDAD DE LOS PADRES

«Voto como padre de tres hijos neuquinos dos de los cuales están edad escolar, voto pensando en ellos. La responsabilidad de la educación no es exclusiva y excluyente del Estado, sino que esa responsabilidad en la educación de los niños comienza con los padres. Los padres son los responsables primarios de la educación de sus hijos, y ese derecho es inalienable. El Estado participa y acompaña, pero nunca debe reemplazar el lugar que tienen los padres de escoger la educación que considere mejor para sus hijos y los valores que la sustente, de acuerdo a sus convicciones. El Estado debe garantizar que todos los ciudadanos accedan a la educación y a los valores que ellos sostienen Y es el estado quien debe garantizar que la educación formal, sea de calidad y accesible a todos, igualando oportunidades».

· LA LEY DE EDUCACIÓN, UNA LEY PERFECTIBLE

«A quienes critican esta ley, no puedo decirles que esta sea una ley de educación perfecta, quizás haya cosas por corregir. Lo que si digo con firmeza que es la mejor ley que supimos conseguir, los representantes del pueblo de la provincia, de distintos partidos políticos, durante dos gestiones consecutivas, y auto imponiéndonos una mayoría agravada para aprobarla de dos tercios. Sin dudas este es el camino, como dije recién, el de la participación madura y el consenso. Todo este proceso fue absolutamente abierto, absolutamente participativo».

· EDUCACIÓN Y DESIGUALDADES SOCIALES

«Esta ley pone en agenda pública, un tema que es trascendental para el desarrollo de un pueblo, la educación. En una provincia como la nuestra, donde el impacto de la actividad petrolera genera desigualdades sociales. La mejor manera de disminuirlas es garantizar una educación con calidad, accesible a todos. Si no hacemos de la calidad de la educación punto central de la transformación, estaremos ampliando las desigualdades sociales».

· LIBERTAD DE CONCIENCIA EN LA COMUNIDAD EDUCATIVA

«En varios artículos se alude a la libertad de conciencia, específicamente cuando se regula los deberes de los docentes, en cuanto ellos deben respetar esta libertad que reposa en cada estudiante; y como contrapartida de ello, al derecho de estos estudiantes a ser respetados por sus educadores y todos los integrantes de la comunidad educativa, en el ejercicio de este derecho fundamental. Es obligación de los Poderes públicos establecer un sistema que posibilite el ejercicio de la libertad de conciencia en los diferentes ámbitos en los que se desarrolla el individuo, incluido el sistema educativo».

«La libertad de conciencia, hace a la esencia de la personalidad humana en su manifestación más íntima que el Estado debe respetar».

«Como aplicación práctica, existe un límite inviolable por el Estado que está dado por el hecho de que la transmisión de contenidos curriculares no debe invadir las mas íntimas convicciones de los estudiantes, que fueron adquiridas en el ámbito familiar y de creencia de fe, si existiese, que profesa cada uno ellos».

· DERECHO A ELEGIR LA EDUCACION PARA NUESTROS HIJOS

«El proyecto de Ley Orgánica de Educación de nuestra provincia contempla de manera expresa el derecho de los padres y tutores a elegir para sus hijos o representados la institución educativa estatal de gestión pública o privada que responda a sus convicciones».

«El Estado debe salvaguardar la libertad de las familias, de modo que éstas puedan elegir con libertad los establecimientos educativos que juzguen más convenientes para la educación de sus hijos».

«La intervención del Estado no puede chocar con la legítima pretensión de los padres de educar a sus propios hijos en consonancia con los principios y valores que ellos sostienen y viven, y que consideran enriquecedores para su descendencia».

«Hay ámbitos tales como la educación sexual, la formación política y la educación religiosa hacen a la competencia de los padres y que no debe, en especial en tales materias, ser ignorada, suplantada o avasallada por la acción de agentes de poderes públicos o privados; concretamente: por instancias que no cuenten con autorización libre y específica de los padres para colaborar, bajo contralor de los mismos padres, en la formación de los hijos».

· SOBRE LA EDUCACIÓN PÙBLICA DE GESTIÓN PRIVADA SIN FINES DE LUCRO

«Son un ámbito que responde al modelo básico de Educación para todos, pero también inculca y sostiene aquellos valores y principios que los padres eligen y quieren para sus hijos. Son un ámbito de educación integral que incluye tanto la educación formal como la toma de conciencia de la problemática social y la responsabilidad personal frente a ello».

«Hay una clara evidencia de que los padres optan por este tipo de educación. Esto se refleja en la gran demanda de vacantes que cada año, familias de toda clase, realizan en este tipo de escuelas».

«A pesar del escaso reconocimiento económico del estado a estas escuelas, es destacable y claramente demostrable el crecimiento de las mismas en aspectos como el edilicio, las mejoras educativas, la disminución en los índices de desgranamiento y abandono, el mayor índice porcentual de días de clases dictados, el menor ausentismo docente y la mayor demanda de vacantes. Esto habla de una eficiente gestión, que redunda en una mejor calidad educativa».

«Estas escuelas cuyo establecimiento el Estado Provincial debe “fomentar”, por mandato del Art. 111 de la Constitución Provincial. Participan en cumplir uno de los fines de la educación, previsto en el artículo 110 inciso b de la Constitución Provincial, que es de “formar el carácter de los niños en el culto de las instituciones democráticas, la solidaridad humana, la familia y los principios de moral que respeten la libertad de conciencia”.

Prensa NCN

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